Un total de 150 000 contribuyentes, entre los que se encuentran personas naturales y jurídicas, conforman la nómina de quienes tienen deudas en firme con el Servicio de Rentas Internas (SRI).
Ayer, una vez que finalizaron los dos meses de plazo para que los contribuyentes paguen sus obligaciones tributarias, el SRI hizo públicos, por primera vez, los nombres de quienes le adeudan.
David Ruales, director financiero de la entidad, explicó que la cartera a escala nacional asciende a USD 250 millones. De estos el 50% corresponde a personas naturales y el restante a jurídicas.
“Un número importante de contribuyentes tiene deudas menores a los USD 10 000. La nómina registra todas las obligaciones, de las cuales el SRI es administrador del tributo, por ejemplo, del Impuesto a la Renta, Impuesto al Valor Agregado, Impuesto a los Consumos Especiales, etc.”, señaló el funcionario.
No se trata en sí de una lista sino de un mecanismo para consultar los nombres de los morosos. Al hallar a una persona, sea natural o jurídica, se puede observar sus deudas en firme y/o los montos que se hallan en impugnación.
Estos últimos son aquellos valores en que las personas no están de acuerdo, por lo que exigen una verificación vía administrativa (SRI) o judicial. Entre 40 000 y 50 000 contribuyentes del país estarían en esta situación.
Entre estas empresas se encuentra el Oleoducto de Crudos Pesados (OCP) con un monto por USD 199 millones. Según la firma, esta no constituye una deuda exigible ya que se encuentra a la espera de decisión judicial.
Si el reclamo se hace por esta vía puede demorar años en resolverse, mientras que si se lo realiza vía administrativa puede haber una respuesta hasta en seis meses.
En caso de que el SRI gane uno de estos procesos el valor a pagar se convertirá en deuda en firme. Estas son aquellas que ya han sido comprobadas por la autoridad (no siempre debe haber una impugnación anterior para convertirse en mora de este tipo).
Dentro de las personas jurídicas que están en la nómina se encuentran bancos, empresas petroleras, firmas de distribución de ropa y alimentos, compañías ensambladoras de vehículos, operadoras de telefonía celular, etc.
Ellas, como las personas naturales, en promedio mantienen deudas por dos años. Desde ayer el SRI inició los procesos de cobro de los haberes, que incluyen intereses y recargos por mora, de forma persuasiva o coactiva.
“Si son contribuyentes con obligaciones pequeñas los agentes de cobranzas, a través de un ‘call center’ que tenemos, se comunican con ellos y les piden que se acerquen a cancelar. La mayoría (de personas en mora) ya ha sido contactada. Si a pesar de eso no se han puesto al día se inician las medidas coactivas” dijo Ruales.
Santiago A., quien cree adeudar Impuesto a la Renta por USD 300, aún no ha sido contactado. De todas maneras piensa en confirmar si tiene esa obligación y cancelar rápido sus haberes.
Otros contribuyentes, que prefieren la reserva, temen que inicien los juicios de forma inmediata. Esto, de hecho, ya se aplicó hace dos meses. Desde esa fecha han comenzado procesos judiciales contra cerca de 700 personas.
Mediante estos juicios la autoridad tributaria tiene la facultad de aplicar medidas cautelares, es decir, prohibir la enajenación de bienes e incluso solicitar el embargo de los mismos. Esto le ocurrió a empresas como Ícaro.
Si dentro de un plazo fijado el deudor no se acerca a pagar es posible que el bien sea rematado. Pero, en casos menores se puede persuadir al pago mediante mensajes de texto, correo electrónico, llamadas , oficios o brigadistas.
Estos últimos son los funcionarios de cobranzas. Alrededor de 100 personas a escala nacional, que portarán un distintivo mostrando que pertenecen a esta área del SRI, trabajarán en los cobros.
Si la entidad tributaria logra su propósito, y los deudores cancelan sus haberes, se iniciará un proceso llamado de “conciliación”, que servirá para comprobar si, precisamente, se ha pagado.
Esta operación toma entre dos a cuatro días. Tras ese proceso el contribuyente pasa al grupo de personas, naturales o jurídicas, que no tienen deudas con el SRI.
Las implicaciones
Las personas que adeudan no podrán seguir ejerciendo su actividad ya que la autoridad tributaria no les autorizará la emisión de comprobantes de pago.
Los deudores tampoco podrán mantener contratos con el sector público. Si son personas naturales que laboran como empleados públicos no tendrán restricciones para seguir desempeñándose en su cargo.
La persona que firmó un contrato con el Estado cuando no tenía obligaciones y ahora las tiene es posible que a través de los juicios coactivos se retengan los pagos de esas obligaciones.
Sobre las personas que tienen obligaciones en litigio el SRI no ejerce ninguna acción de cobro ya que se encuentran en discusión , sea en sedes administrativas o judiciales. Para revisar si se tiene una deuda ingresar a www.sri.gob.ec
Los consejos
La persona que desee consultar si debe o no, tiene que ingresar a www.sri.gob.ec. Entrar al link ‘servicios más utilizados’ y luego a ‘consulta de deudas firmes’. Una vez en ese sitio puede buscar a personas naturales o jurídicas morosas.
Para buscar a las personas naturales puede ingresar la cédula o los nombres y apellidos completos. Mientras que a las personas jurídicas se las puede hallar ingresando el RUC de la empresa o la razón social de la misma.
El deudor que desee cancelar sus haberes debe acercarse a cualesquiera de las sucursales del SRI o a las agencias bancarias de cualquier entidad del sector financiero nacional. Las deudas se pueden pagar en efectivo o, incluso, mediante tarjeta de crédito.
La recomendación que da el SRI al deudor es que pague los haberes con la entidad. Si impugna y el fallo es a favor del contribuyente, se le devolverá el dinero.
La persona que desea salir del listado de deudores tiene que esperar entre dos y cuatro días para que el Servicio de Rentas Internas (SRI) verifique la información y lo ponga en un estado de ‘no moroso’.
La intención del Servicio de Rentas Internas a través del registro de deudores no es impedir al ciudadano realizar actividades como solicitar créditos en el país.
Las personas que no están de acuerdo con las deudas imputadas por el SRI pueden impugnar. Este procedimiento pueden hacerlo en el SRI o a través del sistema judicial. Este último caso es más lento y puede demorar años.
Si la persona debe desde USD 0,01 en adelante aparecerá en la lista de morosos, porque para el SRI todo es una deuda.
Las declaraciones y pagos de multas se pueden hacer vía Internet. En enero del 2013 todos los trámites se harán por esta vía.Por eso debe solicitar su clave personal en las oficinas del SRI según un calendario mensual establecido de acuerdo con el noveno dígito del RUC.
En las agencias del SRI hay ventanillas exclusivas de entrega de claves. En mayo, se entregará la clave para los contribuyentes cuyo RUC termine en 1 y 2.En junio para lo que terminen en 3 y 4, y luego los dígitos siguientes.
Para las declaraciones de impuestos por Internet, el contribuyente debe descargar los formularios respectivos que usaba normalmente en papel, llenarlos electrónicamente, hacer los pagos por esta misma vía y enviarlos en formato comprimido.
Para el pago de deudas y multas, los contribuyentes pueden descansar el formulario 106 y cancelar las obligaciones también por la vía electrónica.
Si el contribuyente perdió o no recuerda su clave, puede llamar al 1-700-SRI-SRI (1 700- 744 – 744) y solicitar una nueva clave. Es necesario haber sacado por primera vez la clave. No tiene que acudir a las oficinas del SRI. También por esta vía se puede recibir otras asesorías para los usuarios.
Todos los contribuyentes deben guardar sus comprobantes de venta y facturas durante siete años. La autoridad tributaria podría pedirles, en cualquier momento, este tipo de documentos tanto a las personas naturales como a las personas jurídicas.