Fernando Donoso León
Este espacio es demasiado corto como para poder analizar de manera completa el Derecho a la Libertad de Expresión, primordialmente en lo referente a su ejercicio, aplicación, alcance y límites, puesto que sí señores, existen límites; pero sirve para tratar de hacerle entender a aquellos que se dicen periodistas y a cualquier tercero, que el derecho a la libertad de expresión no puede significar y no es para nada ni de lejos ni de cerca, una tarjeta de “salga de la cárcel gratis” como en el monopolio, ahora que está de moda.
Es cotidiano y lo vivimos todos los días, y de seguro conocemos a alguien que ha sido afectado por lo que en la prensa hablada o escrita se expresa, o por las “opiniones” de algún tercero, y es innegable que el uso malicioso y temerario de este derecho sea quien sea el que abuse del mismo, puede acarrear daños irreparables e irreversibles a la persona natural o jurídica víctima de esa malicia; y no creo que alguien discrepe que cuando este abuso exista debe ser sancionado, y la persona agraviada debe ser resarcida.
Es así que no se protege únicamente al derecho de la libertad de expresión, sino también a su debido, adecuado y responsable ejercicio, caso contrario ponemos en riesgo un sinnúmero de libertades que también son primordiales para la existencia de la sociedad y la democracia.
No se puede ni se debe confundir el ejercicio al derecho a la libertad de expresión con el insulto o la mentira, el ejercicio de este tan importante derecho no ampara ni amparará jamás, la injuria, la calumnia, la difamación; no puede ni debe proteger jamás, ni la falsedad ni la mentira ni el desacierto o inexactitud cuando la misma es producto de la total y absoluta despreocupación de los que la emiten por verificar la veracidad de la información.
Un criterio contrario estaría avalando que el ejercicio del derecho a la libertad de expresión se traduzca en el cometimiento de hechos delictivos, entonces no tendría límites.
La cuestión es simple, ejercer este derecho en concomitancia al cometimiento de un acto ilícito es libertinaje.
El derecho a la libertad de expresión, como cualquier otro derecho, tiene su límite, su frontera y su final; y ese límite, esa frontera, ese final, es cuando comienza el derecho del otro; este derecho no es un escudo protector ni debe ser tomado como tal, este derecho es una garantía que debe ser ejercida por todos nosotros con responsabilidad y conciencia, so pena de atenernos a las consecuencias legales del caso.