Redacción Política
Cadenas diarias y enlaces sabatinos en la comunicación oficial. ¿Es un exceso?
Considero que sí y no solo eso. Ecuador es el país con el mayor número de cadenas nacionales en América Latina. En 2009, hubo más de 230, adicionales a los 52 enlaces sabatinos. Ese empleo mediático gubernamental difiere del modelo de gobierno responsable que propongo.
¿Por qué?
Ese bombardeo mediático rebasa los ámbitos estrictamente informativos, para convertirse en un instrumento de propaganda que se financia con recursos del Estado, de todos los ciudadanos. Ese gasto pudiera ser canalizados con mayor responsabilidad hacia, por ejemplo, la atención de servicios.
El proyecto de Ley de Comunicación no pormenoriza regulaciones para este tipo de contenidos.
La discusión de una nueva ley representa una oportunidad de oro para regular el uso de cadenas nacionales y de la publicidad oficial no solo por parte del actual Gobierno sino también de futuras administraciones. Yo planteé ante la Comisión Ocasional de Comunicación algunos puntos al respecto.
¿Su propuesta se basa en el esquema de modelo de gobierno responsable?
Es una propuesta ciudadana y está elaborada tomando en cuenta las mejores prácticas en América Latina. Tiene cinco puntos.
¿Cuáles son?
El primero establece un límite máximo de siete minutos al mes, para que las funciones del Estado puedan informar aspectos de trascendencia social, económica o institucional en radio y televisión. Se establece una excepción en emergencia nacional provocada por catástrofe natural, conflicto armado o grave contingencia sanitaria. También, por los informes anuales de los titulares de las funciones del Estado.
¿Y la segunda?
Que las cadenas nacionales, la publicidad oficial y cualquier espacio mediático de autoridad pública financiado con recursos del Estado, por ejemplo los enlaces sabatinos, deberán tener un carácter estrictamente informativo. Quedará prohibida su utilización para cumplir fines políticos o proselitistas o para intentar moldear las preferencias electorales de los ciudadanos. La violación a estas disposiciones sería considerada una apropiación indebida de recursos del Estado.
¿Los otros puntos?
A través de las cadenas nacionales no se podrá atentar contra los derechos o la dignidad de las personas o se podrá usar un lenguaje violento o contrario al orden público. El cuarto punto señala la prohibición de estos espacios durante campañas electoral. Finalmente, las distintas instituciones del sector público deberán informar, de manera mensual, en sus portales de Internet el monto de recursos públicos utilizados en la producción y difusión de todos estos espacios.
¿Quién controla todo esto?
Violar el carácter informativo de estos espacios, utilizarlos para fines proselitistas o usar el nombre de una autoridad pública en la propaganda sería considerado como una apropiación indebida de recursos y, por ende, entraría en el ámbito de lo penal. Estas regulaciones formarían parte de la Ley de Comunicación.