El juez del TCE, Àngel Torres, emitió una sentencia en la que destituye a 4 consejeros del CNE por no acatar fallo de Justicia Social; un juez concedió medidas cautelares autónomas solicitadas por uno de los vocales.. Foto: Twitter CNE
Un juez de Penal de Guayas dio paso a la acción de medidas cautelares autónomas solicitada por el vocal del Consejo Nacional Electoral (CNE), José Cabrera. Ese recurso legal se interpuso luego de que un magistrado del Tribunal Contencioso Electoral (TCE) decidiera la destitución de cuatro integrantes del órgano electoral.
En la decisión, el juez Ubaldo Eladio Macías Quinton dictamina que el TCE se “abstenga de ejecutar la sanción administrativa de destitución de los consejeros del CNE”, emitida por el magistrado del TCE, Ángel Torres.
También dispone que la ejecución de esa sentencia se suspenda “hasta que se agoten todos los recursos administrativos y judiciales a los que tienen derechos los servidores electorales y, además, hasta que haya finalizado el proceso electoral 2021 de forma integral”.
Además, la sentencia de Macías indica que el Instituto Geográfico Militar (IGM) debe abstenerse “de acatar cualquier orden que no provenga del CNE y continúe con el estricto cumplimiento de sus obligaciones constitucionales y legales, especialmente, con la impresión de las papeletas electorales”. La resolución del juez tiene fecha de este sábado 23 de enero del 2021, a las 04:41.
El 6 de enero del 2021 se conoció la sentencia del juez del TCE. En ese dictamen se declaró que Diana Atamaint (presidenta), Enrique Pita (vicepresidente), José Cabrera y Luis Verdesoto, vocales del CNE, incurrieron en una infracción electoral muy grave.
Como consecuencia de aquello impuso la destitución, multa de USD 28 000 y la pérdida de derechos políticos por cuatro años.
La sanción se originó con una denuncia de Jimmy Salazar Sánchez, director del movimiento Justicia Social, quien acusó a los cuatro consejeros de no acatar la sentencia del TCE, con la que esa agrupación recuperó su personería jurídica y estuvo habilitada para seguir en carrera para las elecciones generales.
Sin embargo, la sentencia de Torres es de primera instancia por lo que podía ser apelada. De ser el caso, el tratamiento de la misma se elevaría al Pleno del TCE.