Simón Bolívar y el poder judicial

Mapa de los departamentos que conformaron la República de Colombia y que muestra las campañas de la guerra de independencia.

Mapa de los departamentos que conformaron la República de Colombia y que muestra las campañas de la guerra de independencia.

Mapa de los departamentos que conformaron la República de Colombia y que muestra las campañas de la guerra de independencia. Foto: Wikicommons

El Libertador, como político y estadista, comprendió y tuvo muy presente que la justicia no siempre acierta a mantener el equilibrio fiel, por lo que requiere de jueces virtuosos que garanticen un ambiente tranquilo y estimulante, lleno de confianza y seguridad de que a cada quien se le daría lo suyo, sin necesidad de otro esfuerzo que el de probar en el proceso el derecho reclamado.

Su amor a la justicia, su respeto y acatamiento a la ley y también su profundo sentimiento de honradez, traducidos siempre en el ejercicio de la función pública como Jefe de Estado y formador de pueblos libres, le inclinó a velar por la existencia de una digna administración de justicia, a fin de que enmendara o paliara, al menos, las injusticias inevitables en un régimen de guerra, alejado de los procedimientos meditados y consultados, propios de los pueblos donde reina la paz y solo se requiere administrar de acuerdo con las provisiones legales.

En esta circunstancia, Simón Bolívar dedicó especialmente su atención para dar a los pueblos que libertó “un Poder Judicial que pudiera servir de fuerte broquel; que hiciera frustránea la negativa acción de la ley que hasta ese entonces cumplía”. ( Angel Bertolly, ‘Bolívar y la Administración de Justicia’, Bogotá, Imprenta de L. Burgos, 1942, p. 76).

Es conocido que tenía formado este concepto desde los principios de su vida, pues así lo deja entrever en su discurso del 13 de enero de 1815, en Bogotá, cuando empezaba a desarrollarse en él su condición de estadista, señalando que “el establecimiento de los tribunales supremos, que sin interpretar las leyes, y sometiéndose ciegamente a ellas en la distribución de la justicia, asegura el honor, la vida y la fortuna de los ciudadanos, me lisonjeo será uno de los más bellos monumentos que el Gobierno de la Unión erigirá a su gloria. La justicia es la reina de las virtudes republicanas, y con ella se sostiene la igualdad y la libertad que son las columnas de este edificio” (Vicente Lecuna, ‘Proclamas y discursos del Libertador’, Caracas, Imp. y Lit. Del Comercio, 1939, p. 129).

En su intervención en la instalación del Consejo de Estado en Angostura, el 1 de noviembre de 1817, expresaría: “La Alta Corte de Justicia, que forma el tercer poder del cuerpo soberano, se ha establecido ya, y su instalación no ha tenido efecto (…) La Alta Corte de Justicia es la primera necesidad de la República. Con ella quedarán a cubierto los derechos de todos, y las propiedades, la inocencia y los méritos de los ciudadanos no serán hollados por la arbitrariedad de ningún jefe militar o civil y ni aún del jefe supremo” (Ibidem, p. 174).

Si hacemos una reflexión sobre las razones por la cuales Bolívar tenía tan alto concepto de la justicia, veremos que se debía a su profundo conocimiento del Derecho Romano, pues tomando como ejemplo la Instituta, escrita primero por Gayo y luego por Teófilo y Doroteo, estableció en la reglamentación del poder judicial que ante todo el primer deber del juez es juzgar con arreglo a las leyes (“no aliter judicet quam quod legibus”).

Cuando el Congreso de Bogotá de 1821 dictó la Ley de 12 de octubre sobre la organización de los Tribunales y Juzgados, conforme la Ley de División Territorial de Colombia, se establecieron tres cortes de justicia: Norte, Centro y Sur, este último “compuesto de departamento del Cauca y los que se formen de las provincias de Quito, con residencia en esta ciudad, luego de que fuera libertada y entretanto, el tribunal debería residir en Popayán” (José Manuel Groot, ‘Historia de la Gran Colombia, 1819-1830’, Caracas, Cooperativa de Artes Gráficas, 1941, p. 152).

Cuando el 24 de Mayo de 1822, el general Antonio José de Sucre derrotó en las faldas del Pichincha al general español Melchor de Aymerich, consolidando la independencia de lo que hoy es el Ecuador, una de sus primeras gestiones fue la de regular la administración social y política de la antigua Real Audiencia de Quito, tarea que fue compleja por el caos reinante.

“Ante crisis tan extrema, advertida desde el primer momento que puso sus pies en la ciudad, el general Sucre trató de revestirse de serenidad y dar con las causas que habían llevado al país a situación tan extrema…” (Luis Andrade Rei­mers, ‘Sucre en el Ecuador’, Quito, Corporación Editora Nacional, 1995, p. 138)
Ante la situación imperante, Sucre consiguió únicamente al cabo de seis meses de administración, ordenar el ambiente social, económico, cultural y educativo (puso en marcha nuevamente a la Universidad de Quito) y, al mismo tiempo, pidió a Bolívar crear la Corte Superior de Justicia que hasta ese entonces se hallaba supeditada a Popayán. Bolívar respondió de inmediato el pedido de Sucre.

República de Colombia
Simón Bolívar
Libertador Presidente de la República

Considerando que la Corte Superior de Justicia del Sur no se había establecido aún en la capital de departamento del Cauca y que la capital de Quito, donde debe residir la Corte Superior de Justicia del Distrito del Sur, ha menester con urgencia de dicho Tribunal para el ejercicio de las funciones judiciarias, que en tan importante y vasto departamento no pueden suspenderse ni por un momento sin irrogar los más graves perjuicios a los buenos ciudadanos del departamento de Quito; he venido en crear provisionalmente en uso de las facultades extraordinarias que me ha concedido el Congreso central, una Corte Superior de Justicia, hasta la resolución del Congreso General, y Decreto:

Art. 1º Habrá en el Departamento de Quito una Corte Superior de Justicia conforme a la ley de 12 de octubre de 1821.

Art. 2º Las atribuciones de esta Corte Superior de Justicia serán las que señale la misma Ley de 12 de octubre de 1821.

Art. 3º La composición de la Corte Superior de Justicia de Quito será igual a las demás Cortes Superiores de Justicia del Norte y Centro de la República.

Art. 4º Los Ministros de la Corte Superior de Justicia del Departamento de Quito serán nueve, a saber: siete jueces y dos fiscales.

(...)

Art. 9º La jurisdicción de la Corte Superior de Justicia de Quito será en toda la extensión de las provincias de Quito, Cuenca y Loja.

(...)

Dado, firmado de mi mano, sellado con el sello de la República y refrendado por mi Secretario General en el Cuartel General Libertador de Quito, a 24 de junio de 1823.

Simón Bolívar

(Archivo Municipal de Historia de Quito, ‘Epistolario Quitense del Gran Mariscal Antonio José de Sucre’, Vol. XXXIX, Quito, 1997,
Gráficas Barzola, p. 376)

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