Reds. Sociedad y Guayaquil
El pago mensualizado del fondo de reserva se concretará desde el próximo mes. El asegurado que no desee esta transferencia puede enviar las solicitudes a partir del 1 de agosto. Caso contrario, la primera cancelación llegará a finales del próximo mes.
Datos del Seguro Social señalan que de los 1,6 millones de afiliados, 1,1 millones tienen la posibilidad de cobrar los ahorros.
Quienes no lo pueden hacer es porque mantienen un crédito quirografario, por ejemplo. Hasta antes de la reforma, tampoco podían hacerlo quienes no tenían tres aportes anuales.
En la Caja del Seguro de Guayaquil, los afiliados llegaron hasta las ventanillas de información. Las preguntas eran similares. Querían conocer el trámite para recibir los fondos de reserva.
Pero la respuesta que recibieron no convenció a algunos. “Nos dicen que todavía no hay ninguna disposición, que tenemos que esperar porque todo va a ser publicado en Internet. Pero no aclaran qué pasará con nuestro dinero”, contó Sara Martínez.
En las salas de espera, los comentarios sobre la entrega de los fondos a cargo de los empleadores se repetían. “Hay dueños de empresas que ni siquiera pagan las horas extras a los empleados, cómo van a darles la responsabilidad de que paguen los fondos”, dijo Marlene Recalde, afiliada.
La profesora Iliana Navarrete optará por ahorrar sus fondos. “Están más seguros aquí, porque los patronos pueden hacer y deshacer con ese dinero”, dijo.
Navarrete acudió a un cibercafé para averiguar el proceso, pero no pudo ingresar a la página del Seguro. El Presidente del IESS y técnicos de la entidad responden 12 inquietudes sobre el proceso.
1. PAGOS
La propuesta del Ejecutivo para reformar la Ley de los Fondos de Reserva ingresó a través del Ministerio de la Ley. ¿Cómo se viabilizará el pago de este dinero?
A partir de agosto, todos los empleadores a escala nacional pagarán a sus trabajadores un adicional del 8,33%. Eso estará a cargo de los empresarios.
2. SOLICITUDES
Las personas que no deseen el pago mensual, ¿qué deben hacer?
A partir del 1 de agosto deben ingresar a la página electrónica www.iess.gov.ec. Luego deben optar por la sección Fondos de Reserva, acceder con la clave personal y posteriormente notificar que no desean recibir mensualmente los ahorros.
3. ACEPTACIÓN
¿Qué pasa con los afiliados que no realicen formalmente esta gestión?
Si el afiliado no envía ninguna notificación formal, para el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) queda sobreentendido que el trabajador quiere recibir el 8,33% mensual de los fondos de reserva y así procederá inmediatamente el instituto.
4. SALARIO
¿Ese porcentaje se anexará al salario que recibe el trabajador o los empleadores deben especificar en un casillero especial del rol de pagos que se trata de fondos?
El empleador debe poner por separado este rubro, porque el 8,33% no grabará Impuesto a la Renta ni será objeto de aportación a la Seguridad Social.
5. PETICIONES
¿Qué pasa si un trabajador decide recibir mensualmente el dinero y después no quiere hacerlo?
Si después de seis meses quien recibe cada mes la plata tiene algún problema con el empleador puede solicitar al IESS que ahorre sus aportes, pero esto lo puede hacer una sola vez. No se puede decir un mes sí y otro mes no.
6. PLAZOS
¿Cada qué tiempo se debe entregar las peticiones de que no se quiere acceder al pago mensual?
El afiliado debe enviar esta petición solo una vez cada año. Y puede hacerlo en el primer mes. Únicamente por esta vez y por la vigencia de las reformas a la Ley, las peticiones deben enviarse obligatoriamente en este mes.
7. ACUMULADO
En caso de que una persona tenga sus fondos de reserva un año y decida que a partir de agosto le paguen mensualmente, ¿puede retirar los recursos económicos acumulados por un año?
Ese fondo puede retirar solamente al cumplir dos años de aportación al Seguro Social. Caso contrario debe esperar.
8. RETIRO
Si no deseo el pago mensual, ¿cuándo puedo retirar los fondos de reserva?
Puede hacerlo cada dos años, según establece la normativa. Si en septiembre de 2009 cumple ese período, también puede retirar su plata acumulada de años anteriores. Para ello, debe hacer las solicitudes a través de la página web www.iess.gov.ec.
9. INTERESES
¿Cuánto paga el Seguro Social por intereses en fondos acumulados?
Actualmente, el Seguro Social mantiene una tasa de entre el 9% y el 10%. Esas cifras son reguladas por la Superintendencia de Bancos (SB) y el Banco Central del Ecuador. Hace dos años, el IESS pagó los intereses acumulados de todos los afiliados.
10. QUIROGRAFARIO
Si alguien tiene vigente un crédito quirografario, ¿puedo retirar los fondos?
Los fondos acumulados no, porque estos quedaron como garantía del crédito. Pero sí puede pedir el pago mensual a partir de la aprobación de la Ley. Estos fondos no están comprometidos en ningún préstamo, están libres y se pueden retirar.
11. CONTROLES
¿El Seguro Social interviene en la entrega mensual de los fondos de reserva?
No, porque debe pagarlo el empleador. En este proceso, el IESS interviene solo para regular el proceso. En los primeros meses se elegirán algunas empresas de manera aleatoria para hacer una auditoría y comprobar que paguen ese 8,33% de los fondos.
12. RETIRO
¿Pero el órgano regulador es el Ministerio de Trabajo?
En fondos de reserva no lo es. Todo lo que tiene que ver con este tema el encargado es el IESS. Solo en los casos del decimotercero y decimocuarto sueldos se encarga el Ministerio de Trabajo. Se ha firmado un acuerdo para que los inspectores del trabajo vigilen el pago de los fondos.