La Fiscalía investiga el hundimiento de una gabarra en la Isla San Cristóbal de Galápagos

Autoridades colocan barreras de contención y paños absorbentes para reducir el riesgo ambiental por hundimiento de gabarra Orca. Foto: Tomada de la cuenta Twitter Parque Galápagos

Autoridades colocan barreras de contención y paños absorbentes para reducir el riesgo ambiental por hundimiento de gabarra Orca. Foto: Tomada de la cuenta Twitter Parque Galápagos

Autoridades colocan barreras de contención y paños absorbentes para reducir el riesgo ambiental por hundimiento de gabarra Orca. Foto: Tomada de la cuenta Twitter Parque Galápagos

La Fiscalía General investigará, de oficio, el hundimiento de una gabarra de carga, denominada Orca, en el cantón San Cristobal, en el archipiélago de Galápagos, según informó este lunes 23 de diciembre del 2019 el organismo. La embarcación colapsó luego de una maniobra de embarque para mover un contenedor el domingo 22 de diciembre del 2019.

La grúa que realizaba la tarea perdió el control, ocasionando su hundimiento, del generador que se encontraba en el contenedor, la gabarra y la grúa. El incidente dejó una persona herida y produjo el derrame de 600 galones de diésel al mar.

El hundimiento se registró en el muelle La Predial, en San Cristóbal. Durante el hundimiento los miembros de la embarcación saltaron al mar.

El fiscal Cristhian Fárez Falconi indicó que “este derrame de combustible pudo haber ocasionado graves afectaciones al ecosistema sensible de esta área protegida. Fiscalía dispuso la apertura de la respectiva investigación previa por el presunto delito contra el agua, según lo que dispone el artículo 251 del Código Orgánico Integral Penal”.

Autoridades ecuatorianas emprendieron varias acciones para encarar un riesgo ambiental por el hundimiento de una gabarra de carga en un pequeño embarcadero en la Isla San Cristóbal, la más oriental del archipiélago de Galápagos.

La investigación se inició con base a lo dispuesto en el artículo 251 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que estipulo los delitos contra el agua.

"La persona que contraviniendo la normativa vigente, contamine, deseque o altere los cuerpos de agua, vertientes, fuentes, caudales ecológicos, aguas naturales afloradas o subterráneas de las cuencas hidrográficas y en general los recursos hidrobiológicos o realice descargas en el mar provocando daños graves, será sancionada con una pena privativa de libertad de tres a cinco años. Se impondrá el máximo de la pena si la infracción es perpetrada en un espacio del Sistema Nacional de Áreas Protegidas o si la infracción es perpetrada con ánimo de lucro o con métodos, instrumentos o medios que resulten en daños extensos y permanentes", según la ley.

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