Así funciona la facturación electrónica

Hasta finales de este mes (enero), 5 006 empresas a nivel nacional deben completar de manera obligatoria es esquema de emisión de comprobantes electrónicos, establecido por el Servicio de Rentas Internas (SRI).

En este grupo se contemplan empresas emisores de tarjetas de crédito, empresas públicas, operadoras de telefonía móvil, exportadores, contribuyentes especiales, entre otras.

Pero ¿en qué consiste la facturación electrónica y cómo utilizar estos comprobantes virtuales?. El Servicio de Rentas Internas ofrece 20 inquietudes a los usuarios:

1. ¿Cuáles son los beneficios de la facturación electrónica?

Este tipo de mecanismos supone un menor costo en el cumplimiento de obligaciones tributarias, mayor seguridad en el resguardo de los documentos, eliminación de almacenamiento físico, cuidado del ambiente y consulta en línea de validez de transacción. Además, el SRI puntualizó que la factura electrónica tiene la misma validez tributaria que en facturación física y el contribuyente puede mantener las dos modalidades.

2. ¿Qué documentos se puede emitir electrónicamente?

Factura
Comprobantes de retención
Notas de crédito
Notas de débito
Guías de remisión

3. ¿Cómo me adhiero a facturación electrónica?

Los contribuyentes deberán presentar su solicitud a través de la página web del SRI. Previamente deberán contar con un certificado digital de firma electrónica y mantenerlo válido y vigente. Este puede ser adquirido en una de las Entidades de Certificación autorizadas.

4. ¿Cómo genero un comprobante electrónico?

El SRI pone a disposición de los pequeños y medianos contribuyentes una herramienta gratuita para generar, emitir, firmar electrónicamente, enviar sus comprobantes para la autorización por parte de la Administración Tributaria y visualizar la información. En el mercado, empresas privadas también ofrecen el diseño de herramientas de acuerdo a las necesidades de cada empresa.

5. ¿Cómo se deben entregar los comprobantes electrónicos al cliente o usuario?

Los emisores de comprobantes electrónicos deben contar con el consentimiento del consumidor o usuario antes de la emisión y envío del comprobante electrónico. Los emisores mostrarán claramente al consumidor sobre cómo acceder a la información de dicho comprobante y sobre los equipos y programas que requiere para ello.

6. ¿Cómo se puede recuperar un comprobante electrónico autorizado?

Un comprobante autorizado o rechazado se puede recuperar ingresando a la página web del SRI, registrando con usuario y clave en la opción Servicios en línea/Comprobantes Electrónicos/Producción/Consultas/Recuperación de Comprobantes Electrónicos autorizados.

7. ¿Cómo se procede cuando hay error en las facturas si no hay anulación?

Para anular una factura esta debe hacerse a través de una nota de crédito.

8. ¿Se puede emitir una nota de crédito basado en una factura física?

Un comprobante electrónico se puede afectar con uno físico y viceversa.

9. ¿Qué es el RIDE?

Es un formato de representación impresa de un documento electrónico.

10. ¿El RIDE debe cumplir con algún formato?

Las representaciones impresas de los comprobantes electrónicos deben cumplir con los requisitos del Reglamento de Comprobantes de Venta, Retención y Documentos Complementarios y la Ficha Técnica.

11. ¿En RIDE qué casos se emite?

1) Cuando no exista el consentimiento del usuario o consumidor para recibir el comprobante electrónico;
2) Cuando la impresión sea requerida de manera expresa por el receptor, en el momento de la emisión o después; y,
3) Cuando en la compra no se identifique al consumidor o usuario (consumidor final).

La impresión de la representación del comprobante electrónico (RIDE) tendrá igual validez que los comprobantes establecidos en el Reglamento de Comprobantes de Venta, Retención y Documentos Complementarios y su contenido podrá ser verificado con la información que reposa en la base de datos de la Administración Tributaria.

12. ¿Cómo se notifica al receptor un comprobante electrónico?

El emisor deberá entregar al consumidor o usuario la clave de acceso de su comprobante electrónico e informarle que el mismo fue emitido y que podrá verificar su contenido a través de cualquier medio electrónico (portal web, correo electrónico, entre otros.) utilizando dicha clave. Cuando el receptor no proporcione al emisor la información necesaria para el envío del comprobante electrónico, tendrá que imprimir y entregar el RIDE.

13. ¿Los comprobantes electrónicos sirven para la deducción de impuestos?

Sí, los comprobantes electrónicos son válidos para deducirse impuestos.

14. ¿Tiene costo la emisión y entrega de un comprobante electrónico?

La obligación de emitir y entregar un comprobante de venta, establecida en la Ley, no faculta al sujeto pasivo emisor a realizar cobro alguno por este concepto.

15. ¿Todos estamos obligados a emitir comprobantes electrónicos?

Instituciones financieras bajo el control de la Superintendencia de Bancos y Seguros, excepto mutualistas de ahorro y crédito para la vivienda y sociedades emisoras y administradoras de tarjetas de crédito.

Contribuyentes especiales que realicen, según su inscripción en el RUC, actividades económicas correspondientes al sector y subsector: telecomunicaciones y televisión pagada, respectivamente.

Sociedades emisoras y administradoras de tarjetas de crédito.
Exportadores calificados por el SRI como contribuyentes especiales.

Los demás contribuyentes especiales no señalados en los tres grupos anteriores.

Contribuyentes que posean autorización de impresión de comprobantes de venta, retención y documentos complementarios, a través de sistemas computarizados (autoimpresores).

Contribuyentes que realicen ventas a través de internet.
Los sujetos pasivos que realicen actividades económicas de exportación.

Instituciones y entidades del sector público.

16. ¿Los que no estamos obligados podemos emitir comprobantes electrónicos?

Sí, los contribuyentes pueden adherirse de manera voluntaria.


17. ¿Desaparecen las facturas físicas?

No desaparecen, todas las formas de emisión se mantienen, incluso los comprobantes electrónicos tienen su representación física RIDE, la misma que puede ser impresa.

18. ¿Qué pasa con los negocios pequeños?

Existe el proyecto del Portal MiPymes, que facilitará el registro de transacciones de ingresos y gastos, así como también de la emisión de comprobantes electrónicos.

19. ¿Qué pasa con las tiendas pequeñas?

Si desean, pueden emitir comprobantes electrónicos usando la herramienta gratuita publicada en el portal web. Pueden ser también receptores de comprobantes electrónicos, en el caso de no contar con los medios tecnológicos para visualizar el archivo XML, pueden visualizarlo con el RIDE.

20. ¿Existen capacitaciones de Facturación electrónica?

Sí, existen capacitaciones de facturación electrónica, se puede inscribir ingresando al portal web www.sri.gob.ec / Servicios más utilizados/ Capacitaciones.

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