En los últimos meses y como consecuencia de la crisis económica, los ERE han aumentado notablemente y en consecuencia hay muchos trabajadores sin trabajo.
Tome en cuenta
En los casos en los que se haya aprobado lar reducción, suspensión o extinción del contrato laboral, los trabajadores que no estén de acuerdo, podrán recurrir contra la resolución adoptada.
También pueden solicitar su prestación por desempleo ante el Servicio Público de Empleo .
Si hay suspensión de contratos, durante el tiempo que dure la negociación con la empresa se solicita la complementación de la parte del salario que se deja de percibir y ,que se suma a la prestación por desempleo, finalizado el período de suspensión se retorna al puesto de trabajo. Sin embargo, las características de esta figura administrativa no están claros entre colectivos como los inmigrantes.
“Muy poca gente conoce el tema y es importante saber en qué consiste un ERE… Hay empresas que sin tener motivos aprovechan la crisis para justificar despidos”, comenta el ecuatoriano Luis Villamar. Dice conocer “algo” sobre esos expedientes y cree que normalmente hay indemnización en estos casos, “por lo que no estaría mal comparado con mi caso, pues la empresa donde trabajaba cerró y todos fuimos a la calle cobrando solo el paro, sin indemnización y ahora estamos en juicio”, apunta este compatriota de 35 años oriundo de Manta, padre de y 3 hijos y, que los 10 años que vive en España, dos lleva en paro.
Según el Ministerio de Trabajo un Expediente de Regulación de Empleo es un procedimiento Administrativo-Laboral que tiene como objetivo conseguir que la Autoridad Laboral autorice la extinción de las relaciones laborales siempre que se presenten determinadas causas y garantizando en todo momento, los derechos de los trabajadores.
Este procedimiento sigue con la tramitación de despidos colectivos por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción. También se aplica cuando se termina la relación laboral debido a la extinción de la personalidad jurídica del contratante. Además, puede consistir en una reducción de la jornada laboral.
Por lo general, la empresa inicia el trámite, y si no lo hace y se presume que podría haber un perjuicio de imposible o difícil reparación, los trabajadores pueden iniciarlo a través de sus representantes legales (sindicatos).
La autoridad ante quien se presenta el expediente será determinada por las Comunidades Autónomas.
Cuando la autorización afecta a centros de trabajo o trabajadores radicados en dos o más Comunidades, el expediente lo llevará el Ministerio de Trabajo. Éste también podrá recabar la competencia para el trámite y resolución cuando la autorización afecte a más de 200 trabajadores.
Una vez que la empresa ha presentado la solicitud junto alas causas que motivan el expediente y justificación de las medidas a adoptar, se abrirá un período de consultas con los trabajadores, luego se hará llegar a la Autoridad Laboral el resultado de las consultas para que ésta dicte la Resolución.
Puntos de vista
‘Hay un 400% más de ERE’
Julián Iglesias / Adj. Sec. de Acción Sindical CC.OO.
“En 2009 hubo 17 500 expedientes de regulación de empleo afectando a unas 486 000 personas. Esto supone un aumento del 400 % en expedientes y del 500 % en la cifra de afectados. En el período anterior hubo 4 700 expediente y 95 000 afectados. A pesar de esto, la pérdida de empleos no se ha canalizado por esta vía y del total de empleos perdidos en España, solamente el 3,5 % corresponden a un ERE”.
‘Se puede hacer una huelga’
Mariano Gómez /Abogado laborista
“Hay que tener claro que solo pueden plantearse un ERE las empresas que tienen dificultades económicas, de producción, liquidez… en corto plazo, y tienen que demostrar esa situación, además de proteger los derechos de los trabajadores. En el caso de que estos no estén de acuerdo con una resolución, tienen la posibilidad de mostrar su desacuerdo mediante un conflicto colectivo o una huelga de rechazo al ERE”.