La iniciativa de Lenín Moreno amplía el catálogo de los delitos inhabilitantes. Foto: Alfredo Lagla/ EL COMERCIO
La propuesta de la consulta popular sobre la sanción para los actos de corrupción no es nueva. Son varios los actores políticos que han planteado la conocida ‘muerte civil’ y la reparación al Estado por los daños ocasionados. Por ejemplo, Pachakutik, la Izquierda Democrática e, incluso, el mismo titular del Legislativo, el oficialista José Serrano.
Sin embargo, en el Ecuador existen herramientas para atacar la corrupción: la Unidad de Análisis Financiero contra el Lavado de Activos, la Ley de Contratación Pública y la Ley de la Contraloría General. El mismo Código Orgánico Integral Penal (COIP) establece penas para dichos delitos y la reparación integral por los daños causados.
Incluso, la Constitución impide que quienes hayan sido sentenciados con reclusión por delitos como cohecho, enriquecimiento ilícito o peculado puedan ser candidatos.
La mencionada inhabilitación o ‘muerte civil’ -entendida como la suspensión de algunos derechos, para sancionar determinados actos ilícitos- ha sido incorporada ya en el Código Penal de varios de países de la región, incluido Ecuador.
En esos países, esta pena ocasiona la incapacidad para asumir cargos públicos, la privación de derechos políticos, derechos civiles, entre otros. Y tiene, por lo general, un tratamiento especial cuando los delitos son cometidos por funcionarios públicos.
Lo que la iniciativa del Ejecutivo sí hace es ampliar el catálogo de los delitos inhabilitantes. Y agrava la situación de los servidores del sector público, en general, que se impliquen en delitos relacionados con actos de corrupción.
La propuesta del presidente Lenín Moreno busca evitar “los medios y ardides utilizados para lesionar al Estado y evitar su intervención”.
Eleva a nivel constitucional el impedimento para ser candidato a elección popular, para contratar con el Estado, para desempeñar cargos públicos y la pérdida de derechos de participación.
Estas son las penas para el peculado, enriquecimiento ilícito, concusión, cohecho, tráfico de influencias, oferta de realizar tráfico de influencias, testaferrismo, lavado de activos, asociación ilícita y delincuencia organizada. Es decir, los delitos relacionados con los actos de corrupción.
Incluye también reformas a un artículo del Código de la Democracia, uno de la Ley Orgánica de Servicio Público y seis del COIP.
Esto es para reforzar lo establecido en la enmienda.
En el Código de la Democracia se modifica una de las condiciones del artículo 96, que impide a los ciudadanos inscribirse como candidatos si es que cumplieron una sentencia por los delitos antes mencionados.
En la Ley Orgánica del Servicio Público, en el artículo 10, sucede lo mismo. Solo que se especifica que ellos estarán prohibidos para el desempeño, bajo cualquier modalidad, de un puesto, cargo, función o dignidad pública.
En el COIP, también se agrega el detalle de prohibición de contratación con el Estado, a través de la inclusión en el Sistema Nacional de Contratación Pública.
Añade la pérdida de los derechos de participación por un período de entre 10 y 25 años. La reparación integral al Estado y a la sociedad; es decir, que responderán con sus bienes para cubrir el monto determinado por la pena.
Y, finalmente, se agrega a las personas jurídicas, es decir, a las empresas, como responsables. Su pena será la disolución y liquidación, y el pago de una multa de entre USD 187 500 y USD 375 000, de acuerdo con el salario básico de este año.
Estas medidas, que el Mandatario busca implementar, nacieron de los procesos que han desarrollado varios organismos, con la participación de las instituciones afectadas por los entramados de corrupción.
En su argumentación, presentada a la Corte Constitucional la semana pasada, Moreno sostiene que se han detectado los mecanismos utilizados, que alcanzan el uso de empresas nacionales, compañías en paraísos fiscales, así como cuentas y transferencias en esas mismas ‘offshores’.
Por eso, también extiende las sanciones a organizaciones y personas jurídicas del sector privado que se utilicen para delinquir contra el Estado.