La protesta pública que hizo la cadena Ecuavisa, el domingo en la mañana, por tener que retransmitir un programa de opinión producido por TC Televisión, trajo una serie de reacciones sobre la forma como el Gobierno aplica la Ley de Comunicación.
Ecuavisa mostró su incomodad porque la Secretaría de Comunicación (Secom) le ordenó transmitir el programa ‘Pulso Político’, producido por una estación de la competencia. En ese espacio se realizó un debate sobre el alcance del Código Financiero y Monetario, enviado por el Ejecutivo a la Asamblea.
La molestia de Ecuavisa generó la crítica de Fernando Alvarado, secretario de Comunicación, al asegurar que el canal actúa con “prepotencia”. En una entrevista que el funcionario dio ayer al portal de noticias Ecuadorinmediato, y que posteriormente fue colgada en la página web de la Secom, él sostiene que esta entidad “está obligada a generar un espacio de debate en el que se pueda difundir el tema del Código Monetario, por ser un tema bastante importante para el país”. “No es un tema de propaganda, no es un tema de política partidista, sino es un tema de decisiones nacionales”, indica Alvarado. Además dijo que como Secom “nos vemos obligados, mediante instrumentos que nos da la ley, a generar espacios de comunicación donde la ciudadanía pueda ver las dos visiones contrapuestas”.
Dos juristas que conocen la Ley de Comunicación aseguran que la Secom fue más allá de lo que señala la ley de medios, vigente desde el 2013.
Mauricio Alarcón, director de proyecto de la organización Fundamedios, cree el programa de TC Televisión “no se configura bajo ningún modo como una cadena nacional”. Para tal efecto, cita el artículo 74 de la Ley de Comunicación.
En este se establece que una cadena nacional es la transmisión que se hace “en todos o en varios medios de comunicación social, de los mensajes de interés general que disponga el Presidente de la República y/o la entidad de la Función Ejecutiva que reciba esta competencia”.
En ese sentido, Alarcón asegura que las cadenas no pueden ordenarse de forma discrecional para uno u otro medio.
El programa de TC fue retransmitido por Teleamazonas y también en varias radios. Incluso, Alvarado saludó que Teleamazonas haya tenido la apertura para hacer ese enlace.
Alarcón insiste en que es muy subjetivo que una entidad como la Secom considere como interés general un programa producido por una estación en particular, más allá de que sea el Código Financiero. “Lo que aquí ocurrió es la imposición del contenido que emite un medio incautado como TC en uno privado como Ecuavisa”.
El jurista Santiago Guarderas tiene una posición similar. A su criterio, lo que hizo la Secom es atentar contra el principio de pluralismo que garantiza la libertad de expresión y la existencia de distintos medios.
“¿Qué independencia tiene TC Televisión cuyos programas están sujetos a las decisiones que toma la Secom?”
El Secretario de Comunicación comenta que en la gestión inicial que se hizo con Ecuavisa y Teleamazonas “hubo la delicadeza de solicitarles la retransmisión de este programa, con la posibilidad de incluir a sus presentadores”.
Las dos estaciones privadas no aceptaron esta opción, pero Alvarado dice que en Teleamazonas hubo apertura para la retransmisión. “Por eso lo hizo en diferido, porque nuestro interés no era bloquear la pantalla de nadie”. En el caso de Ecuavisa, el Secretario de Comunicación señala que la estación “no dijo que no aceptaba porque no podía aceptar, tenía que pasarlo”.
Alarcón y Guarderas concluyen que lo ocurrido el domingo es una muestra muy preocupante de lo que podrá suceder a futuro si en la enmienda constitucional se define a la comunicación como un servicio.
Esto significaría, a criterio de ambos, que el Estado no solo podrá controlar y regular la información, sino también gestionarla obligando, por ejemplo, a que un medio privado publique o transmita lo que otro, controlado por el Estado difunda, según el interés que tenga el Gobierno.