El Ministerio de Comercio Exterior oficializó este martes, 7 de febrero, que el pasado 28 de octubre Ecuador presentó a la Comisión de la Comunidad Andina (CAN) la propuesta de reglamentar la aplicación de la cláusula de salvaguardia cambiaria, tal como lo anunció este Diario en ese entonces.
La salvaguardia es un gravamen que se fija a las importaciones con el fin de proteger la economía local.
En Ecuador se ha aplicado, por ejemplo, para evitar el impacto de la depreciación de monedas de los Estados miembros de la CAN.
El artículo 98 del Acuerdo de Cartagena (documento de conformación del bloque) establece que si la devaluación de uno de los países miembros altera las condiciones económicas de otro, el perjudicado podrá plantear el caso a la Secretaría General del órgano y, una vez verificada la perturbación económica, aplicar medidas correctivas.
El pasado 28 de noviembre este Diario hizo pública la propuesta, luego de confirmar el tema con el ministro de Comercio Exterior, Juan Carlos Cassinelli.
El funcionario, sin embargo, no explicó en ese entonces el contenido ni alcance.
Una fuente de la CAN indicó a El Comercio en esa época que el planteamiento buscaba que se aplicará “una medida correctiva” al país miembro importador, cuando se verifique que “el tipo de cambio nominal registre una variación anual superior a la variación anual de inflación del país miembro exportador” .
Se trataría de una sobretasa sobre el valor del bien. Sin embargo, el Ministerio de Comercio exterior no ha explicado cómo se aplicará ni el porcentaje propuesto.