Si está pensando en viajar fuera del Ecuador, debe saber que existe una serie de requisitos que el Ministerio del Interior le solicita para hacerlo. Estos varían dependiendo de su edad y de si es ciudadano ecuatoriano o un extranjero que vive en nuestro territorio ¿Cuál es su caso y qué documentos debe presentar a la salida del país?
Para los ecuatorianos cuyo destino es un país que requiere visa, se debe presentar el pasaporte válido y vigente junto a la visa del país de destino y si es ecuatoriano que reside en otra nación, junto al pasaporte deberá entregar su tarjeta de residencia.
En el caso de que vaya a movilizarse hacia Colombia, Perú o Bolivia, países miembros de la Comunidad Andina de Naciones (CAN) o hacia Argentina, Brasil, Paraguay, Uruguay o Chile, estados miembros del Mercado Común del Sur (Mercosur), deberá presentar la Tarjeta Andina de Migración (TAM) junto al pasaporte.
Para los ecuatorianos menores de edad, se solicita la presentación de su pasaporte válido y vigente, junto a su documento de identidad, así como la autorización de un Juez de la Niñez y Adolescencia y de un Notario Público si es que viaja solo o en compañía de uno de sus padres.
Si el menor reside fuera del país, deberá presentar su tarjeta de residencia, así como una autorización del Consulado ecuatoriano, acreditado en el exterior y un documento notariado en el extranjero, debidamente apostillado con la respectiva traducción si fuera necesaria.
Si, en cambio, es extranjero inmigrante o residente, al salir de Ecuador deberá presentar su pasaporte válido o su documento de identidad si su país de origen es miembro de la CAN o del Mercosur. Asimismo, si el Estado al que se dirige requiere visa, tendrá que presentarla junto con los documentos anteriores o la Tarjeta Andina de Migración si viaja a algún país de Sudamérica.
Para menores de edad extranjeros inmigrantes o residentes, los requisitos son el pasaporte válido o su documento de identidad si proviene de países de la CAN o el Mercosur, una autorización del Juez de la Niñez y Adolescencia y Notario Público o una autorización del Consulado ecuatoriano, junto con un documento notariado en el extranjero y debidamente apostillado y traducido: visa o Tarjeta Andina de Migración.
Si quien sale del país es menor de edad que se encuentra en territorio ecuatoriano en calidad de refugiado, deberá entregar una autorización del Ministerio de Relaciones Exteriores para abandonar Ecuador.