Cuotas impagas de hipotecarios en el Biess se podrán diferir

El Banco del Instituto de Seguridad Social (Biess) mantiene activas nuevas modalidades de gestión en préstamos hipotecarios con mecanismos virtuales. Foto: Archivo / EL COMERCIO

El Banco del Instituto de Seguridad Social (Biess) mantiene activas nuevas modalidades de gestión en préstamos hipotecarios con mecanismos virtuales. Foto: Archivo / EL COMERCIO

El Consejo directivo del IESS aprobó reforma para que clientes con créditos hipotecarios en el Biess pueden diferir sus cuotas. Foto: Archivo / EL COMERCIO

Los clientes con créditos hipotecarios en el Banco del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (Biess), que no pudieron pagar sus cuotas de marzo, abril, mayo y junio de este 2020, podrán diferir esos pagos.

La medida fue dispuesta por el Consejo Directivo el IESS, mediante la resolución 603, la cual fue expedida el 6 de julio del 2020. Al día siguiente, 7 de julio, el director general del IESS, Carlos Luis Tamayo, comunicó la decisión al gerente general del BIESS, Diego Burneo, a través de un menorando oficial.

Según la resolución, las cuotas que no se pagaron entre marzo y junio “se trasladarán al final de la tabla de pagos del crédito, en el mismo número de meses solicitado, lo que permitirá apoyar a los afiliados, jubilados o beneficiarios de montepío”, detalla el documento.

De esta manera se da cumplimiento a una disposición transitoria de la Ley de Apoyo Humanitario. De acuerdo con eso, en un plazo de 10 días, desde la vigencia de la ley, el Biess debe emitir políticas y ejecutar acciones que permitan garantizar la suspensión y refinanciamiento de las cuotas mensuales de los créditos hipotecarios, basado en informes técnicos.

La Ley Humanitaria también establece que el beneficio se realizará a solicitud del afiliado, jubilado o beneficiario de montepío, que por motivos de la crisis sanitaria del covid-19 hubiere perdido su empleo o tenga una reducción en su capacidad de pago.

De esa manera se procederá con la suspensión del cobro del préstamo y se fijarán los mecanismos de refinanciamiento. La suspensión de pago de cuotas no generará intereses o multas, expone la ley.

El Biess aún debe informar desde cuándo estará activo el servicio y los requisitos y procedimientos que conllevará el trámite.

Adicionalmente, la resolución del Consejo Directivo dispone al Banco monitorear los flujos de caja, para ajustarlos de acuerdo a la recaudación y según su liquidez se reprogramen las metas de colocación y de recaudación de las inversiones.

Todo aquello debe “garantizar la liquidez necesaria para atender las necesidades del IESS, principalmente, para el pago puntual a los pensionistas”.

Así mismo, el Banco del IESS deberá mejorar las acciones de cobranza de los préstamos hipotecarios, quirografarios y prendarios, a fin de controlar la tasa de mora, en especial de los hipotecarios.

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