Redacción Política
Las autoridades del ministerio de Relaciones Laborales determinaron que los días de carnaval tendrán que recuperarse los sábados 20 y 27 de febrero.
Las jornadas de recuperación de todas las labores productivas, incluyendo educación, comunicación e instituciones financieras, se deben desarrollar con el horario normal de un día de trabajo.
El Decreto No. 418 del 19 de junio de 2007, en su Art.2 señala: “los días lunes y martes de carnaval correspondientes a los años 2008, 2009, 2010 y 2011, se suspenden las jornadas de trabajo para todos los trabajadores y empleados de los sectores público y privado, debiendo recuperarse esas jornadas de trabajo sin recargo alguno los dos sábados subsiguientes a la suspensión dada para cada uno de estos años”. Por su lado, las empresas privadas decidirán la forma cómo recuperarán los días de feriado.