Han transcurrido 30 días desde que la nueva normativa penal opera en el país. En ese tiempo se han reportado denuncias de todo tipo, pero los más comunes son robo, violencia intrafamiliar, drogas y hurto.
Pero también se han conocido casos que están relacionados con insultos. Estos casos se manejan con testigos. Así lo explica un juez de flagrancias de Quito.
Agrega que los testigos que se presenten en las investigaciones son los que ayudarán a comprobar la falta. Ellos tendrán que comparecer ante el juez y demostrar que realmente se faltó de palabra a la víctima.
Otros casos novedosos son los relacionados con divulgación del secreto.
El artículo 179 señala que quien al tener conocimiento por razón de su estado u oficio, empleo, profesión o arte, divulgue un secreto y cause daño a otra persona y lo revele, “será sancionado con pena privativa de libertad de seis meses a un año”.
Un investigador de la Fiscalía indica que, en estos casos, los testigos que presente la persona perjudicada serán quienes ayuden a comprobar si realmente hubo la divulgación de un secreto.
“Se aplica en los casos de secretos profesionales o que la ley disponga sobre la información que es considerada secreta. En esos casos, nosotros como Fiscalía ya abrimos una indagación previa y la causa ya es reservada”, precisa el fiscal.
Por ejemplo – acota el funcionario- si un psicólogo revela la información entregada por un paciente, se lo procesa porque la infracción se desarrolla dentro de su ámbito profesional. Lo mismo pasa en el caso de los abogados que no pueden revelar la información proporcionada por su defendido.
En este primer mes, en el país se han registrado 2 617 audiencias y la mayoría ha sido por flagrancias. Otro porcentaje menor por delitos y contravenciones. Mire un gráfico sobre el tema.