El Consejo Nacional Electoral se reunió ayer en Quito y trató nueve puntos. Foto: API
La transmisión de la última convención de Alianza País, por los medios públicos e incautados, forma parte del expediente de fiscalización y control del gasto electoral aprobado ayer por el Consejo Nacional Electoral (CNE).
Este se remitirá hoy al Tribunal Contencioso Electoral (TCE) “para los fines legales correspondientes”.
La decisión del pleno del CNE se tomó con base en el Reglamento de Trámites Contencioso Electorales, porque se trataría de una presunta infracción, explicó Milton Paredes, coordinador de Organizaciones Políticas. Aunque aclaró que solamente los jueces electorales pueden determinar de qué tipo de infracción se trata y definir sanciones.
Para el tratamiento de estas causas no hay plazos. El TCE, al recibir el oficio del CNE, deberá sortear a un juez para que lleve la causa en primera instancia. Tras conocer el expediente, el magistrado deberá citar a las partes involucradas, entre ellas al presunto infractor, para una audiencia de prueba y juzgamiento, tras la cual emitirá su sentencia.
El Tribunal puede desestimar la causa, según sus atribuciones legales, en caso de no cumplir con la ley, o archivar el proceso, si considera que no se cometió una infracción.
Sin embargo, el CNE remitirá el expediente con base en el artículo 82 del Reglamento de Trámites Contencioso Electorales. Este indica que esta acción se tomará cuando el Consejo encuentre una presunta infracción por publicidad, campaña o propaganda electoral indebida.
Y el expediente debe contar con los documentos que así lo evidencien.
De acuerdo con la misma normativa, todas las denuncias o reclamos deben contener “la relación clara y precisa de la presunta infracción, con expresión del lugar, tiempo y el medio en que fue cometida”. También los nombres y apellidos de los presuntos infractores, la determinación del daño causado y las pruebas de ello.
Según el CNE, desde agosto y hasta ayer, se ha notificado a 631 medios de comunicación en todo el país sobre la normativa vigente para minimizar la difusión de propaganda y promoción electoral.
Tele Ciudadana, Gamatv y TC Televisión transmitieron el 1 de octubre pasado el evento oficialista, en el que mostró a su binomio para las elecciones presidenciales: el exvicepresidente Lenín Moreno y el vicepresidente en funciones Jorge Glas.
El argumento de los canales para defender la transmisión fue que se trataba de un evento de interés público. La autoridad electoral actuó de oficio al solicitar información sobre lo sucedido, según su titular Juan Pablo Pozo.
Aunque el funcionario admitió que también se tomaron en cuenta las dos denuncias planteadas por las organizaciones políticas de oposición, que conforman el Acuerdo Nacional por la Transparencia, y por un grupo de ciudadanos.
Ambos colectivos solicitaron que, además de tramitar el caso en la justicia electoral, se remita el expediente a la Contraloría, porque la transmisión de un evento proselitista podría representar un mal uso de recursos públicos.
Y, precisamente, los informes de la Dirección de Fiscalización del CNE analizaron las denuncias con base en la normativa electoral y por eso se recomendó su envío al TCE para juzgamiento, que fue aprobado por unanimidad de los consejeros. En la sesión, Pozo puso énfasis en que “lo que le compete al CNE es justamente lo que está actuando: abrir el expediente respectivo y remitir al TCE”.
El presidente del Consejo agregó que todo proceso electoral requiere de equidad, por lo que “el CNE deja en claro a la ciudadanía que actúa en todos los casos y para todas las organizaciones”, agregó.
Al final de la sesión, los consejeros no aceptaron preguntas. El director de Organizaciones Políticas explicó que ellos no pueden determinar ni de qué tipo de infracción se trataría ni quién sería el responsable.
Pero los medios de comunicación involucrados argumentaron que Alianza País no compró el servicio de transmisión, lo cual fue confirmado también por el oficialismo.
Por lo que, en caso de haber una infracción, el artículo 277 del Código de la Democracia establece una multa de USD 50 000 a 100 000 para los medios que difundan propaganda electoral gratuita o pagada sin la autorización del CNE.