El caso de la discoteca Factory ya tiene 2 culpables por homicidio

Redacción Quito

La Justicia prepara la sentencia dentro del caso Factory, por el incendio que segó la vida de 19 jóvenes en una discoteca en el sur, el 19 de abril de 2008.

El Tribunal Octavo de lo Penal de Pichincha consideró que Patricia C. y Gabriel R. “son culpables de conformidad al artículo 459 y 460 del Código Penal”. Lo hizo tras presidir la audiencia oral de juzgamiento, el pasado 9 y 10 de noviembre.

Los fallecidos
Las víctimas en la discoteca Factory el 19 de abril de 2008 fueron: Diego Freire, José Luis Trujillo, Claudia Noboa, Paola Flecher, Mauricio Machado, César Corral, Pablo Bernal, Paúl Calderón, Andrés Ribadeneira, Cristian Torate, Juan Carlos Molina, Diego Subía, William Valenzuela, José Antonio Barragán.
Después de ocurrido el siniestro, otras 5 personas fallecieron en los hospitales públicos, en donde permanecieron por las quemaduras de segundo, tercero y cuarto grados.

Con base en esos artículos, los presuntos responsables incurrieron en un homicidio inintencional, “por falta de previsión o de precaución, pero sin intención de atentar contra otro”.

El art. 460 reprime ese delito con prisión de tres meses a dos años. La próxima semana, los tres magistrados del Tribunal, Luis Mora (presidente), Fausto Maruri y Ernesto Morales, deberán pronunciar su sentencia.

En la audiencia, llevada a cabo en la misma Judicatura, el fiscal Patricio Navarrete señaló que el 19 de abril del año pasado, Patricia C. cerró “con candados las puertas” de emergencia de la discoteca Factory, donde se realizaba un concierto de rock gótico. El Fiscal también señaló que Gabriel R. prendió las bengalas que encendieron el techo del local, donde había esponjas altamente inflamables.

Así se produjo el incendio y los cerca de 300 asistentes (el local tenía capacidad para 150) no pudieron salir por la única puerta habilitada, que, según los testimonios de los afectados, no medía más de 2 m de ancho.

Ernesto Machado, hermano de Mauricio Machado, vocalista del grupo Zelestial, quien falleció en el lugar, no está de acuerdo con la medida tomada por la justicia. Él dice que en un inicio se acusó a 25 personas.

Entre ellos estaban autoridades municipales, Cuerpo de Bomberos, la Intendencia... quienes, según él, también son responsables indirectos del siniestro, al otorgar los permisos de funcionamiento.

Además, dijo que como familiares no han presentado ninguna demanda. “Solo queremos que las soluciones para estos actos no queden en papeles. El fin es que se pongan en práctica las ordenanzas municipales”.

Acotó que, precisamente por incumplimiento de esas ordenanzas, “Patricia C., una de las imputadas, continuó realizando conciertos clandestinos después del incendio en Factory”.

Franklin Guamán, abogado defensor de Patricia C., argumentó que no hay una prueba contundente para acusarla. Añadió que “es injusto que las personas que debían ser procesadas no fueran imputadas”. En un inicio estuvieron acusadas 14 personas; por falta de pruebas no pudieron ser enjuiciadas. 

La ex concejal Margarita Carranco explicó que mientras ella estuvo dentro de la veeduría del caso, se dictaron ordenanzas y se trató de expropiar el terreno.

Carranco añadió que las sanciones para las personas involucradas, sobre todo para Gabriel R., debieron ser tomadas considerando que en este tipo de espectáculos es común utilizar juegos pirotécnicos. En ese sentido, Rigoberto Ibarra, defensor de Gabriel R., argumentó que su cliente nunca tuvo la intención de causar daño “porque esta práctica (lanzar bengalas) es común en este tipo de shows.

Para la ex concejal, sí se puede considerar que una falla es la falta de precaución en las seguridades y en la infraestructura del lugar. “En la veeduría verificamos que si se tenían las puertas de emergencia abiertas no moría nadie”.

El predio donde funcionaba la discoteca Factory, en El Recreo, está abandonado. Patricia Andrade, secretaria del Concejo, indicó que el 14 de mayo de 2008 salió la resolución donde el Concejo Metropolitano declaró de utilidad pública y con fines de expropiación el terreno.

Desde esa fecha, por un desacuerdo en los costos de la expropiación con la compañía Preindiana (dueña del lote) se inició el juicio de expropiación. El caso está en el Juzgado Decimotercero de lo Civil de Pichincha. En el proceso consta el pago de USD 746 128 por la expropiación.

Punto de vista 

Javier Cazar / Abogado

‘Allí hubo falta de precaución’

Lo que sucedió en Factory es claramente visible de que no fue intencional. Tal vez hubo irresponsabilidad o falta de precaución en varias personas. Eso debía haberse previsto. Dentro del proceso, Patricia C. sería la única persona a la que se le entregó la llave, pero nadie vio que ella puso candados en las puertas.

Por lo que existe una duda grande. Se debía tener la certeza de que ella los colocó. Pero aún así ella debió abrirlos una vez que se inició el concierto. El Tribunal les sanciona por homicidio inintencional, es decir, sin intentar causar daño a otro.

En el caso de Gabriel R. es una falta total de precaución y está tipificado en el Código Penal. Es difícil calificar si una sanción de estas es justa o injusta. Creo que la injusticia está en la cantidad de personas que perdieron la vida y si es que hay que sancionar a personas aún sin haber tenido la intención de ello, pues tienen que ser sancionadas.

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