La Defensoría brinda asesoría a los usuarios por casos de procesos coactivos.Foto: Diego Pallero / EL COMERCIO
La falta de pago de servicios públicos como agua, luz o teléfono puede someter a un cliente a un proceso coactivo, que puede incluir medidas como el bloqueo de fondos de cuentas bancarias por el monto adeudado o la prohibición de venta de bienes.
Antonio Puente se enteró que la Corporación Nacional de Telecomunicaciones (CNT) le había iniciado un proceso coactivo cuando quiso hacer un retiro de su cuenta del Banco Pichincha y no pudo porque tenía USD 68,37 bloqueados. Esto sucedió 11 meses después de haber cancelado su línea móvil con esa empresa.
En CNT le indicaron que el proceso se debía a una factura no pagada por USD 36. Puente dijo que nunca fue notificado de la deuda ni de la coactiva.
El valor subió a USD 68,37 por el cobro de honorarios de abogados que contrató la empresa para el trámite, intereses de mora e IVA. Para desbloquear sus fondos, Puente presentó un certificado de pago a la ‘Súper’ de Bancos.
Las empresas públicas gozan de jurisdicción coactiva para la recaudación de los valores adeudados por sus clientes desde el 2009, cuando entró en vigencia la Ley Orgánica de Empresas Públicas, que les otorgó esa facultad.
La Empresa Pública Metropolitana de Agua Potable y Saneamiento (Epmaps) de Quito inició 3 254 procesos el 2016. En los primeros cinco meses del año se abrieron 1 109 procesos.
La Epmaps realiza las notificaciones a los deudores mediante una boleta o casillero judicial. Antes del inicio de una coactiva gestiona el cobro por medio de llamadas telefónicas, mensajes de texto, etc.
La Epmaps aclaró que el usuario puede solicitar la concesión de facilidades de pago, en caso de que no pueda cancelar la deuda de contado. Los usuarios deberán pagar en el plazo de ocho días una parte de contado y la diferencia en un plazo de hasta 24 meses, según lo establecido en el artículo 153 del Código Tributario.
CNT inició desde el 2011 cerca de 50 000 procesos coactivos. Por año, lleva a cabo entre 6 000 y 10 000 procesos. Con ello, recupera cerca de USD 10 millones anuales, según información proporcionada por el Área de Coactivas de la firma, el 17 de mayo pasado. La empresa aplica estos procedimientos cuando el cliente se atrasa 90 días en el pago de un servicio.
La entidad explicó que la notificación se realiza en la etapa de cobranza extrajudicial, una fase previa a la presentación de la demanda. El aviso se envía a través de una comunicación remitida a la dirección que consta en los registros de la CNT o mediante una publicación en un diario.
El problema, según la Corporación, es que en muchos casos los usuarios cambian de domicilio y no solicitan la cancelación del servicio.
Ante la imposibilidad de ubicar a los clientes en la etapa previa de cobranza, procede a imponer medidas cautelares.
Otro problema, según la firma, es que pese a que informa a los clientes que después de cancelar el servicio deben pagar una factura adicional, ya que la firma factura a mes caído, los clientes no lo hacen.
Desde el 2012, la Empresa Eléctrica Regional Norte inició 2 197 procesos de coactivas por valores impagos. Esto le ha permitido recaudar USD 601 546. El valor pendiente es de USD 500 608.
Para recuperar la cartera vencida -dijo- aplica varios mecanismos de cobro, con medidas cautelares en contra de los deudores, como embargos y retenciones bancarias.
Aquellas personas que están inconformes con los procesos, pueden solicitar asesoría en la Defensoría del Pueblo. En el 2016 esta entidad registró 107 casos de reclamos por coactivas iniciadas por empresas que ofrecen servicios públicos.
Del total de casos, la mayoría de personas reportó falta de citación y notificación. “En este sentido, se presume la vulneración de los derechos, del debido proceso y de la seguridad jurídica”, señaló la Adjuntía de Derechos de Usuarios y Consumidores de la Defensoría.
Otros problemas detectados tienen que ver con el bloqueo de pensiones a jubilados, por la falta de pago de un servicio.
Si se determina esto, la Defensoría resuelve los casos a favor de los pensionistas por considerar que se vulnera el artículo 371 de la Constitución, que indica que las prestaciones del seguro social no serán susceptibles de cesión, embargo o retención.
La Defensoría busca la mediación entre las partes para que alcancen un acuerdo. El proceso tarda entre 10 días y cuatro meses, según la queja.
Según la entidad, ha detectado falencias en los acuerdos, resoluciones o reglamentos relacionados con los procesos coactivos; en especial, por no estar de acuerdo con los derechos del ciudadano. Pero enfatizó en que varias firmas están ajustando sus normas internas para cambiar posibles prácticas que vulneren derechos.