El asambleísta Yofre Poma debe cumplir con otras medidas como la prohibición de salida del país, presentarse periódicamente ante una autoridad judicial y recibir tratamiento psicológico. Foto: archivo / EL COMERCIO
Este 2 de abril del 2020, un Tribunal de la Corte Nacional aceptó que el asambleísta Yofre Poma y una persona más puedan completar su sentencia de un año y cuatro meses de cárcel, en libertad.
Este recurso legal se lo conoce como suspensión condicional de la pena. Según el Código Integral Penal, la condena puede suspenderse para quienes han recibido sentencias inferiores a los cinco años de prisión.
A cambio, los beneficiaros deben cumplir con otras medidas como la prohibición de salida del país, presentarse periódicamente ante una autoridad judicial, recibir tratamiento psicológico, etc.
Además, los jueces Iván Saquicela, Daniella Camacho y Wilman Terán confirmaron la condena impuesta el 8 de noviembre del 2019, en contra de los otros siete procesados en este caso.
Poma y las otras personas fueron juzgados por el delito de paralización de servicio público. El delito se habría perpetrado cuando ingresaron a las instalaciones de un pozo petrolero en Sucumbíos, durante las manifestaciones de octubre del 2019.
Gustavo García, abogado de Poma, señaló que el Tribunal notificó a los procesados este fallo judicial de forma escrita, a través de medios telemáticos.