La Dirección Nacional de Registro de Datos Públicos será el organismo que concentrará toda la información de base de datos que poseen las entidades de Gobierno.
El Ministerio de Telecomunicaciones delineará la organización y la coordinación del intercambio de información, de esta dependencia.
Para el ingreso de la base de datos se fijó un plazo de tres años. Además, los Registros de la Propiedad y Registros Mercantiles ya no serán autónomos y el Directorio será elegido para un lapso de cuatro años.
Las resoluciones constan en la nueva Ley Nacional de Registro de Datos Públicos que fue aprobada ayer, con 66 votos, en la Asamblea.
Allí se analizó el veto parcial del presidente de la República, Rafael Correa. El Mandatario hizo observaciones a siete de los 35 artículos del proyecto de Ley. Los legisladores se acogieron al veto y con los aportes del l Ejecutivo se dio luz verde para su publicación, en el Registro Oficial. A partir de allí entrará en vigencia.
Entre las observaciones del Presidente consta que el lapso de tiempo para que las entidades envíen la información será de tres años y no de dos como rezaba en la anterior Ley. Se aclaró que se receptarán datos públicos y no de entidades privadas. Además, los recursos para el funcionamiento de la Dirección de Datos Públicos saldrán del Estado.
Para los asambleístas que votaron en contra de esta Ley, como Patricio Quevedo, lo que el Gobierno busca “es acaparar toda la información y utilizarla cuando le convenga”. Además, dijo que existe el riesgo de que cualquier persona acceda a información reservada.