Cómo acogerse a la amnistía tributaria

Ximena Amoroso, directora del SRI, explica a Galo Proaño los beneficios de la Ley. Foto: Jenny Navarro/ EL COMERCIO.

Ximena Amoroso, directora del SRI, explica a Galo Proaño los beneficios de la Ley. Foto: Jenny Navarro/ EL COMERCIO.

Ximena Amoroso, directora del SRI, explica a Galo Proaño los beneficios de la Ley. Foto: Jenny Navarro/ EL COMERCIO.

Galo Proaño es propietario de una imprenta por el sector de Miraflores. Su negocio acumula desde el 2004 una deuda con el Servicio de Rentas Internas (SRI) que se duplicó y actualmente está en USD 16 640, debido a los intereses, que no pudo cancelar por motivos de fuerza mayor.

Por esa razón busca acogerse a la Ley de amnistía tributaria, que entró en vigencia el martes pasado y que permite la condonación total de intereses, multas y recargos si paga el capital de la deuda en dos meses.

Leonardo Orlando, director subrogante del SRI, señala que se brindarán facilidades de pago para aquellas personas que deseen acogerse a esta normativa, la cual busca dar liquidez al Fisco y aliviar las deudas de 1,9 millones de contribuyentes.

En las disposiciones de la Ley se determinó que el contribuyente tendrá la posibilidad de diferir su deuda dentro de los plazos establecidos. Por ejemplo, una deuda de USD 90 000 se podrá pagar USD 45 000 durante el primer mes de la remisión y el saldo un mes después, para acceder a la condonación total de intereses y recargos.

Si no paga en este plazo, a partir del día 61 al 90, podrá acogerse solamente a la remisión del 50% del interés.

Esta Ley no solamente condona las multas e intereses para obligaciones tributarias, sino también para las autodeterminaciones, es decir, multas generadas por obligaciones formales como por ejemplo no presentar la declaración del Impuesto a la Renta o no contar con los respaldos necesarios.

Para Camilo Herrera, especialista en medicina general, esto resulta beneficioso. Cuenta que por un descuido omitió la entrega de sus anexos personales en febrero, lo cual le ocasionó una multa de USD 60. “Estaba a punto de pagarla, pero decidí esperar hasta que la Ley entrara en vigencia”.

Orlando indica que aquellas personas que tengan pendiente este tipo de obligaciones podrán presentarlas y acogerse a la Ley sin ninguna sanción. La multa por no presentar este tipo de documentos puede llegar hasta los USD 1 500 dependiendo del tipo de trámite.

En las disposiciones de la Ley también se incluyó que aquellas personas que hayan cumplido a tiempo con la presentación de sus documentos tributarios, pero que hayan generado multas por errores en los formularios, podrán acogerse. El contribuyente deberá presentar su declaración con las debidas correcciones. “Quienes no las hayan presentado a tiempo deben cumplir, aunque tengan que declarar en cero”, dijo Orlando.
Marcelo Zambrano, asesor tributario, señala que la mayoría de contribuyentes que busca su servicio quiere acogerse a la remisión porque ha caído en multas por este tipo de errores. “Siempre es bueno asesorarse para no caer en multas. Una asesoría cuesta entre USD 20 a 50 dependiendo del trámite”.
Para deudas manejadas a nivel administrativo o por juicios con el SRI, los contribuyentes deberán presentar un escrito del desistimiento.

A pesar de que el período de aprobación del desistimiento es ágil, puede tomar varios días por lo que las autoridades recomiendan realizar el pago previamente antes de acogerse a la remisión. La normativa señala que no se podrán hacer acciones legales sobre los montos acogidos en la remisión.

La Ley también se podrá aplicar para personas que se encuentren cancelando deudas con el SRI mediante facilidades de pago. En este caso se imputará el valor cancelado y del saldo pendiente se deberá pagar la totalidad del impuesto, eliminando el porcentaje correspondiente al interés.

La remisión no se aplicará para determinaciones tributarias en el que sean retenidos valores a terceros, por ejemplo deudas donde intervengan más personas o empresas.

Para los contribuyentes que tengan multas por el pago del Impuesto a Vehículos Motorizados o el Impuesto Ambiental, administrados por el SRI, serán condonadas las multas automáticamente si se realiza el pago durante la remisión.
Para esto se deberá pagar el capital del impuesto adeudado. Dentro del plazo de la remisión deberá acercarse a la ventanilla de las instituciones financieras autorizadas y realizar el pago del impuesto vehicular, indicando que se acoge a la Ley.

No lo olvide

Pago. Para poder acogerse a la remisión deberá cancelar el 100% del impuesto. Podrá diferirlo, pero dentro del plazo.
Obligaciones. La remisión aplica también a obligaciones como multas por no presentar los anexos de gastos.

Juicios. La remisión no aplicará para las determinaciones con el SRI en las que se hayan retenido valores a terceros.

Plazos. El plazo para acogerse a este beneficio se inició este 5 de mayo. Quedan pendientes 57 días para aplicar.

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