Empresarios y autoridades del Gobierno se reunieron el mes pasado en el Hotel Quito para revisar la agenda acordada en la reunión del 2 de marzo con el Presidente de la República. Foto: Julio Estrella / EL COMERCIO.
La primera de las 37 propuestas hechas por el sector empresarial al Gobierno, el pasado 2 de marzo del 2015, en Carandolet fue acogida por el Ejecutivo.
Este 31 de marzo la Asamblea Nacional recibió el Proyecto de Ley Orgánica de Remisión de Intereses, Multas y Recargos Tributarios, con el carácter de económico urgente que deberá ser analizada y aprobada en un máximo de 30 días.
“Se ha concretado una de las 37 propuestas que hicimos, es una buena noticia. No la hicimos tanto pensando en un alivio para las empresas, sino en la inducción de recursos de manera inmediata para las arcas del Gobierno”, señala Francisco Alarcón, presidente de la Cámara de Industrias de Guayaquil.
Sería un respiro para las arcas fiscales. Para el 2015, el Servicio de Rentas Internas (SRI) esperaba recaudar USD 14 100 millones y con esta propuesta, se inyectarían USD 500 millones al presupuesto, según Ximena Amoroso, directora del SRI.
La propuesta, dirigida a personas naturales y jurídicas, plantea la remisión del 100% de los intereses de mora, multas y recargos si el contribuyente paga la totalidad del impuesto dentro de los 60 días hábiles siguientes a la fecha de la publicación de la Ley en el Registro Oficial y la remisión del 50% si el pago se realiza en el período comprendido entre el día hábil 61 y el día hábil 90.
Se trata de un mecanismo conocido como amnistía tributaria, que establece la condonación de los intereses de mora, multas y recargos causados por impuestos y obligaciones fiscales a los que los contribuyentes pueden acogerse de manera voluntaria.
De acuerdo con la información del SRI, unos 190 000 contribuyentes mantienen una deuda establecida de USD 6 173 millones. Alrededor del 50,2% de ese monto corresponde a intereses de mora, multas y recargos y el resto a capital.
Amoroso explica que esto se debe a que la tasa de interés de la institución tributaria es alta y equivale a 1,5 veces la que establece el Banco Central.
“Nuestro interés no es financiar una litigación o el pago de una deuda, sino generar los pagos a favor de la contribución o quitar la multa en el caso de que el contribuyente tenga la razón”, dice Amoroso.
Aunque la propuesta estuvo dentro del paquete presentado por los empresarios hace un mes, no es un mecanismo nuevo en el país.
En agosto del 2008 también se implementó un proceso de remisión al que se acogieron unos 100 contribuyentes durante las primeras tres semanas y en dos meses, el 70% de la deuda fue condonada.
Si bien estas medidas en el pasado han logrado bajar la cartera en mora en porcentajes importantes, la acogida podría tener resultados distintos este año, dado el panorama económico difícil que se prevé por la caída del precio del petróleo, dice Wilson Ruales, analista tributario.
“Hay casos en los cuales el contribuyente no ha pagado porque su situación económica es muy precaria. Ahí es probable que la medida no surta efecto”, menciona el analista.
En este tipo de situaciones, Eduardo Peña, expresidente de la Cámara de Comercio de Guayaquil, considera que las empresas podrían acceder a créditos, y hace énfasis en que la medida podría ser más efectiva si se permiten acciones en pago, “es decir, que las deudas sean canceladas con bienes si las empresas no cuenten con la liquidez necesaria”.
La amnistía tributaria no solo aplicaría en casos de obligaciones vencidas como títulos de crédito, actas de determinación, sino también en casos de reclamos y recursos administrativos planteados por los contribuyentes y que se encuentren pendientes de resolución siempre y cuando paguen la totalidad del impuesto adeudado.
Para Alarcón, de la Cámara de Industrias de Guayaquil, este es uno de los principales beneficios para los empresarios, pues se disminuyen riesgos.
“Si el contribuyente está disputando USD 1 000 con la autoridad tributaria y con multas, intereses y recargos pierde el proceso, tendrá que pagar USD 1 500, por dar un ejemplo. Si se acoge a la remisión solo paga los USD 1 000”.
Según Amoroso, estos procesos estaban dilatados en el tiempo hasta siete años. “Con la medida podremos hacer un cierre de brecha”.
Sin embargo, Ruales añade que estas medidas dictadas con frecuencia podrían dar lugar a que los contribuyentes esperen a que se emitan proyectos de esta naturaleza para pagar sus obligaciones en mora.
Punto de vista
‘Ganan acreedores y deudores’ / Mario Prado Analista tributario
La propuesta de Remisión de Intereses, Multas y Recargos Tributarios es un mecanismo de ganar y ganar para las dos partes, tanto para el acreedor como para el deudor.
Aunque no he revisado estadísticas de los resultados del 2008, esto se puede considerar un incentivo. Para los contribuyentes hay que verlo como una oportunidad de salir de una deuda que genera riesgos y para las arcas fiscales es la opción de obtener el dinero que le deben.
El acreedor está necesitando dinero y una forma expedita de conseguirlo es a través de la amnistía.
Claro, no todos los deudores van a pagar, debemos analizar las distintas situaciones. Hay casos terminados que son exigibles y que por el elevado monto de los intereses el contribuyente no paga, porque no puede.