La agresión o desobediencia a un funcionario público está penalizado en el Código Penal. Foto: Imagen referencial Archivo/ EL COMERCIO
En las oficinas públicas y hasta en hospitales es común ver mensajes que alertan sobre las consecuencias de una posible agresión a funcionarios y agentes del Estado.
De hecho, el artículo 394 del Código Penal dice que la persona que maltrate, insulte o agreda a los agentes encargados de precautelar el orden público en el ejercicio de sus funciones será sancionada con cárcel de cinco a 10 días.
Esta figura legal está incluida en el Código Integral Penal, que está vigente desde el 10 de agosto del 2014.
El tema vuelve a debate a propósito de lo sucedido con la exjueza Lorena C. El jueves de la semana pasada, la jurista provocó un escándalo en Guayaquil.
En videos difundidos en redes sociales se escucha cómo Lorena C. amenaza a los policías que la detuvieron. “¿Quieres probar mi poder, quieres morirte imbécil?, porque yo soy jueza (…) en los tribunales. Eso me consiguió mi exesposo, el mafioso más mafioso”, dice.
En otra parte de las tomas se escucha esta frase: “Si quieres morir hago una llamada y te mueres en 30 minutos”.
Por ahora, la exjueza es investigada por ataque y resistencia, un delito que es penado con cárcel de entre seis meses y dos años (art. 283 del COIP).
En la audiencia de flagrancia, la Fiscalía pidió que se emitan medidas diferente a la prisión y por el momento la exjueza está libre.