Luego de la liberacíon de Manuela Picq, los manifestantes se dirigieron al parque El Arbolito. Foto: María Isabel Valarezo / EL COMERCIO.
La defensa de Manuela Picq presentará la mañana del jueves 20 de agosto del 2015 un escrito, objetando la decisión de la jueza Gloria Pinza, de la Unidad Judicial Primera de Contravenciones del Cantón Quito. Rechazan su decisión por agregar al proceso, oficios remitidos por el Ministerio del Interior. También los abogados presentarán un recurso de aclaración y ampliación de la sentencia.
A los abogados de la ciudadana brasileña- francesa, pareja del Presidente de la Ecuarunari, les llama la atención tres puntos. El primero: que la jueza agregue al proceso un escrito y anexos presentados por José Serrano, ministro del Interior. Esto pese a que el funcionario no es parte en el proceso (las partes procesales en procesos de deportación son únicamente la Fiscalía y el extranjero).
El segundo: la jueza Pinza eleva su decisión en consulta ante el Ministro del Interior. Esto para los abogados significa poner en manos del caso “a la propia autoridad responsable de las irregularidades en la detención de Manuela Picq”. La jueza toma esta decisión aplicando los artículos 28 y 29 de la Ley de Migración y Extranjería. Dicha norma data de los setenta y la consulta procedía cuando eran los Intendentes de Policía (subordinados del Ministro del Interior), quienes decidían sobre la deportación de las personas. En la actualidad, esa norma está tácitamente derogada por la Constitución y es inaplicable en virtud del principio de unidad jurisdiccional, según el cual ninguna autoridad no jurisdiccional puede desempeñar funciones de administración de justicia ordinaria (art. 168.3 de la Constitución). Eso precisa el abogado Juan Pablo Albán.
“El Ministro del Interior, como autoridad del poder ejecutivo, no tiene atribuciones para revisar o revertir una decisión judicial. De hecho, en otros procesos de deportación, bajo la Constitución de 2008, la norma que obligaba a elevar las decisiones a consulta del Ministerio del Interior no se ha aplicado”.
El tercer y último punto que preocupa a la defensa de Manuela Picq es que la jueza Pinza omite incluir en su decisión la solicitud para que la Fiscalía inicie las investigaciones en torno a las inconsistencias entre el parte de detención y el oficio de cancelación de la visa. La jueza se limita a oficiar a la Fiscalía sin incluir expresamente su pronunciamiento oral requiriendo la investigación.
Este capítulo del caso de Manuela Picq comenzó el lunes. En la audiencia celebrada en el proceso de deportación número 17151-2015-00685, la jueza de la Unidad Judicial Primera de Contravenciones del Cantón Quito, Gloria Pinza, anunció en forma oral su decisión.
Entonces no solo negó la deportación de Manuela y ordenó su inmediata libertad. También accedió al pedido de la defensa para que se oficie a la Fiscalía General del Estado, para que se inicien las investigaciones en torno a las supuestas inconsistencias entre el parte de detención de 13 de agosto y el oficio de la Coordinación Zonal 9 de la Unidad de Migración del Viceministerio de Movilidad Humana del Ministerio de Relaciones Exteriores, con fecha 14 de agosto. Este se relaciona a la cancelación de la visa.
La jueza notificó su resolución por escrito y ratifica su decisión de negar la deportación de Manuela y ordenar que fuera liberada. Estableció que “no puede ser deportada por cuanto en el momento de su detención o arresto no se encontraba en permanencia irregular y por lo tanto tampoco se encontraba inmersa en ninguna de las causales determinadas en el artículo 19 de la Ley de Migración”.
También verificó que “la detención fue ilegal en virtud de que en el momento de su arresto contaba y tiene su estatus migratorio regular, además no se le ha notificado formalmente sobre la revocatoria de la visa 12-VIII, la cual recién el viernes 14, a las 09:08 se procede a cancelar.
De esta forma, apunta la defensa, se confirma que la detención por permanencia irregular fue ilegal y arbitraria al no tener siquiera tal situación migratoria que se describe en el parte policial. Además “la visa se le revoca, como he venido manifestando en forma reiterada, al siguiente día de haber sido privada de su libertad para que se enfrente a este proceso migratorio”, dice Albán.