Redacción Política
El marco legal que regulará la organización territorial del Estado con las nuevas normas constitucionales está en su discusión final.
Las competencias
Las competencias son exclusivas, aquellas cuya titularidad corresponden a un solo nivel de gobierno y concurrentes, donde la titularidad corresponde a varios niveles de gobierno.
Se establecen tales competencias respecto a vialidad; tránsito y transporte; gestión de cuencas hidrográficas; fomento de la seguridad alimentaria…
Los gobiernos regionales, provinciales, cantonales… podrán formar mancomunidades para mejorar su gestión.El documento fue elaborado por la Secretaría Nacional de Planificación y Desarrollo, los ministerios de Justicia, de Coordinación Política y la Comisión de Organización Territorial.
Tiene el nombre de Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización. Agrupa la legislación que está dispersa en varias leyes, entre ellos: Ley Régimen Municipal; de Régimen Provincial, de Juntas Parroquiales Rurales, de Descentralización del Estado, de Distribución del 15% del Presupuesto, explicó Pavel Muñoz, subsecretario de la Senplades.
El borrador del Código contiene 512 artículos. Está dividido en nueve títulos: Principios Generales; Organización del Territorio; Gobiernos Autónomos Descentralizados; Regímenes Especiales; Descentralización y Sistema Nacional de Competencias; Recursos financieros;
Mecanismos de gestión, planificación, coordinación y participación; Disposiciones comunes de los gobiernos autónomos descentralizados; y, Disposiciones especiales de los niveles de gobierno.
La Ley regulará la organización territorial del Estado de conformidad con el título V de la Constitución; el régimen de los diferentes niveles de Gobiernos Autónomos Descentralizados y los Regímenes Especiales; y, la descentralización obligatoria y progresiva; así como el sistema nacional de competencias y las fuentes de financiamiento.
El proyecto desarrolla los principios constitucionales para la creación de las regiones autónomas. Allí se establece que la iniciativa para la conformación de una región autónoma corresponderá a los gobiernos provinciales.
Se iniciará con las resoluciones adoptadas por los Consejos Provinciales respectivos, con el voto favorable de la mayoría absoluta de los integrantes de cada Consejo, previo análisis técnico de viabilidad de la región realizado en conjunto con el organismo nacional de planificación.
Para el ministro de Coordinación Política, Ricardo Patiño, la probación de esta ley es urgente hasta inicios de agosto. Su argumento es que es la base para la conformación de los nuevos gobiernos seccionales.