Redacción Judicial
En 2009 rigió una reformada Ley de Tránsito en Ecuador, pero la aplicación de nuevas sanciones como la pérdida de puntos en la licencia por contravenciones tuvo vacíos y no redujo los siniestros. Según la Dirección Nacional de Tránsito de la Policía (DNT),
Puntos de la licencia
El art. 97 de la Ley de Tránsito: “Se instituye el sistema de puntaje aplicado a las licencias de conducir, para los casos de comisión de infracciones de tránsito, de conformidad con esta Ley y el Reglamento respectivo”.
Las licencias de conducir serán otorgadas con 30 puntos para su plazo de vigencia de 5 años, y se utilizará un sistema de reducción de puntos por cada infracción. La contravención muy grave se sancionará con 10 puntos y un delito con 11 a 30 puntos.
Las contravenciones leves de primera clase se sancionarán con 1,5 puntos, las leves de segunda clase con 3 y las de tercera clase con 4,5. Las contravenciones graves de primera clase se sancionarán con 6, las de segunda con 7,5 y las de tercera con 9.
Art. 98. Los puntos perdidos pueden ser restituidos a partir de la mitad del tiempo de vigencia de la licencia. La recuperación de puntos será por un máximo del 50% de puntos perdidos.
3 091 conductores deberían perder su licencia, ya que registran más de 30 puntos (el límite) en contravenciones. Sin embargo, de ellos apenas 42 están registradas en el sistema de la Policía, como personas que ya perdieron el permiso de conducir.
Según la Ley Orgánica de Tránsito, Transporte Terrestre y Seguridad Vial, que la Policía empezó a aplicar desde el 1 de agosto de 2008, la acumulación de 30 puntos por contravenciones de Tránsito es causal para el retiro del documento (ver puntuales).
Guillermo Abad, de Justicia Vial, identifica uno de los inconvenientes para sancionar con eficacia: aún no se han creado los Juzgados de Contravenciones de Tránsito que establece la Ley.
Al momento, los jueces de Tránsito han asumido estas competencias. La razón de ese retraso, según el director provincial del Consejo de la Judicatura de Pichincha, Marco Rodas, es que no hay presupuesto para la creación de las nuevas judicaturas.
En tanto, hay casos represados. De las 407 672 contravenciones que ingresaron a los juzgados desde que se aplica la Ley hasta el 30 de diciembre, solo 56 919 fueron juzgadas. De estas, 3 064 fueron impugnadas y restan por ser procesadas otras 347 689.
El director de la Comisión Nacional de Transporte Terrestre y Seguridad Vial, Ricardo Antón, aseguró que por esos retrasos la entidad registra una pérdida de USD 30 millones, que debían ingresar a sus arcas por el cobro de multas de contravenciones.
Por estos inconvenientes, la Comisión de Transporte envió a la Asamblea un proyecto de reforma a la Ley de Tránsito . Uno de los puntos que Antón considera importante modificar es que en las contravenciones más leves los usuarios solo dispongan de tres días para impugnarlas. Si no lo hacen, dice la propuesta legal, automáticamente serán castigados, sin necesidad de juez. Eso devolvería protagonismo a la DNT.
La Policía de Tránsito registra diariamente entre 1 500 y 2 000 contravenciones. Según las estadísticas de los juzgados de Tránsito de Pichincha, el Juzgado Quinto de lo Penal, a cargo de Francia Alarcón, es el que más contravenciones ha sancionado en la provincia durante 2009: entre el 1 de enero y el 29 de diciembre último Alarcón conoció 18 603 citaciones y resolvió 4 518.
El año pasado, en Pichincha en promedio se remitieron 18 000 contravenciones a cada uno de los seis juzgados. De estas, solo en tres tribunales, incluido el mencionado, se resolvieron al menos 2 000 contravenciones.
Para Carlos Drouet, coordinador de Consejos Provinciales de Tránsito, incluso esos altos promedios impiden que la Ley se aplique con rigor. “No sé si los jueces no tienen tiempo, personal o si no tienen sistemas computacionales adecuados. No entiendo por qué no pueden levantar las citaciones que ingresan”, reseña.
Él cuestiona el represamiento, porque ocasiona la prescripción de causas. La Ley de Tránsito estipula que las citaciones tienen una vigencia de 30 días, tras ser emitidas. Luego de este período los afectados pueden pedir que se prescriba la contravención. De esta forma, una falta quedaría sin castigo, dice Drouet.
Con la aprobación de la reforma a la Ley Orgánica de Tránsito se buscó reducir las cifras de siniestros viales. No obstante, la Policía registró un incremento en los accidentes de tránsito durante 2009. Entre el 1 de enero y el 30 de noviembre hubo 13 643 incidentes. En el mismo período de 2008 la cifra fue de 12 869 y en 2007 hubo 12 482 accidentes.
El número de muertes por accidentes de tránsito también aumentó en 2009: hubo 1 290 fallecidos en las vías (en 11 meses). En 2008 se registraron 1 218 y en 2007 hubo 1 180 (mismo lapso).
Durante esos meses, en 2009 se registraron 10 744 heridos en accidentes, 16% más que en 2008, cuando hubo 9 240, mientras que en 2007 hubo 8 408.
Antes de que la ley fuera aprobada por el Pleno de la Asamblea, el 24 de julio de 2 008, la Dirección de Tránsito de la Policía veía en ese cuerpo legal una fórmula de fomentar el cambio de actitud en el conductor. Esa dependencia dice que sí disminuyeron contravenciones como el mal estacionamiento del vehículo, un 24% en relación a 2008, o el paso del semáforo en rojo, que bajó un 75%.
Abad refiere que la Ley es positiva pero identifica otro vacío. “El artículo 4 establece que el Estado garantizará la capacitación, a todo nivel, de los ciudadanos sobre los principios de la seguridad vial. Para aplicar esa norma debió firmarse, en un plazo de 180 días que venció en febrero, un convenio entre la Comisión de Tránsito y el Ministerio de Educación”.
Las esperanzas de la Comisión Nacional de Transporte para dar solución a los problemas detectados en la aplicación del cuerpo legal están puestas en la Asamblea. Antón incluso es enfático al decir que, en caso de que no se apruebe la reforma propuesta por la Comisión, “renunciaré a mi cargo, porque si no para qué ha servido todo el trabajo hecho”.